Si llevas unos meses viendo el nombre «Verifactu» en cualquier sitio relacionado con facturación, no eres el único al que le suena a lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas. No lo es. Son dos normas distintas, con requisitos distintos, y conviene no mezclarlas porque las dos te van a afectar por caminos diferentes.

Aquí te explicamos qué es Verifactu exactamente, en qué se diferencia de la factura electrónica B2B y qué te va a exigir en la práctica.

Qué es Verifactu, en una frase

Verifactu es el sistema con el que la Agencia Tributaria exige que tu software de facturación cumpla unos requisitos técnicos concretos —integridad, trazabilidad e inalterabilidad de cada factura emitida— y que, opcionalmente o de forma obligatoria según el sistema elegido, envíe esos registros de facturación a la propia Agencia Tributaria de forma prácticamente inmediata.

No es un nuevo formato de factura ni una obligación entre empresas: es un requisito sobre cómo debe comportarse el programa que usas para facturar, sea cual sea el destinatario de esa factura.

Verifactu no es lo mismo que la factura electrónica B2B

Es la confusión más habitual, así que merece su propio apartado:

VerifactuFactura electrónica B2B (Ley Crea y Crece)
Qué regulaCómo debe comportarse tu software de facturaciónEl formato en que facturas a otras empresas
A quién obligaA quien factura, sea a particulares o a empresasSolo a las operaciones entre empresas y profesionales
Qué exigeTrazabilidad, huella (hash) encadenada y código QR en cada factura; envío de registros a la AEATEmitir la factura en un formato estructurado que el sistema del receptor procese sin intervención manual

Puedes estar afectado por las dos normas a la vez —de hecho, la mayoría de empresas lo estarán— pero cada una exige cosas distintas de tu ERP, y prepararte para una no te prepara automáticamente para la otra. Si quieres repasar la otra norma, tenemos una guía específica sobre qué exige la Ley Crea y Crece.

Qué exige en la práctica

  • Huella o hash encadenado. Cada factura incorpora un código que la enlaza criptográficamente con la anterior, de forma que cualquier alteración posterior del registro se puede detectar.
  • Código QR. Cada factura lleva un código QR con los datos esenciales de la operación, que además permite comprobarla en la sede de la Agencia Tributaria.
  • Envío de registros a la AEAT. Según el sistema que elija tu empresa, el envío de los registros de facturación a la Agencia Tributaria puede ser prácticamente en el momento de emitir la factura.
  • Software certificado. El programa de facturación tiene que declarar formalmente que cumple estos requisitos, y tú, como usuario, tienes que poder acreditar que usas un sistema conforme.

¿A quién afecta?

A todos los empresarios y profesionales que usan un sistema informático de facturación, con independencia de a quién le facturen (empresas o particulares). A diferencia de la factura electrónica B2B, aquí no hay una frontera entre operaciones con empresas y con consumidores finales: si facturas con un programa informático, te afecta.

Los plazos concretos según el tipo de contribuyente los tienes en nuestro artículo sobre los plazos de Verifactu para 2027.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu me obliga a cambiar de programa de facturación?

No necesariamente a cambiarlo por otro completamente distinto, pero sí exige que tu programa actual esté adaptado y formalmente certificado como conforme a Verifactu antes de tu fecha límite. Si tu proveedor de software ya tiene publicada esa adaptación —lo habitual entre los fabricantes serios, ya que están obligados a ello desde julio de 2025—, probablemente baste con actualizar a la versión que la incluye. Si tu programa actual es antiguo, ya no tiene soporte del fabricante o el proveedor no tiene previsto adaptarlo, entonces sí te tocará sustituirlo por uno que cumpla, y conviene empezar esa valoración con tiempo, no en el último mes antes de tu fecha límite.

¿Si ya emito factura electrónica a la Administración, ya cumplo Verifactu?

No, y es la confusión más frecuente sobre este tema. Emitir Facturae hacia el sector público es un requisito distinto y ya consolidado desde hace años, centrado en el formato del fichero que envías a la Administración. Verifactu exige algo diferente: que tu propio software de facturación cumpla unos requisitos técnicos nuevos —huella encadenada, código QR, envío de registros a la Agencia Tributaria—, con independencia total de si ya facturas electrónicamente al sector público o no. Puedes llevar años cumpliendo perfectamente con Facturae y FACe y, aun así, tu software seguir sin estar adaptado a Verifactu, porque son dos exigencias que verifican cosas distintas y no se solapan entre sí.

¿Se ha retrasado la entrada en vigor de Verifactu?

Sí, en más de una ocasión, y no hay garantía de que sea la última: las fechas iniciales apuntaban a 2026 y el Real Decreto-ley 15/2025 las aplazó un año completo, hasta 2027. Por eso conviene tratar cualquier fecha que leas sobre Verifactu —incluida la que damos en nuestro artículo sobre los plazos para 2027— como algo que hay que reconfirmar cerca del momento de actuar, no como un dato fijo para siempre. La fuente más fiable para comprobarlo es siempre la sede electrónica de la Agencia Tributaria o el texto publicado en el BOE, no un artículo de terceros que puede quedar desactualizado si hay un tercer aplazamiento.

En resumen

Verifactu no es un nuevo tipo de factura, es un requisito sobre cómo debe comportarse tu software de facturación: trazable, inalterable y, en muchos casos, conectado con la Agencia Tributaria casi en tiempo real. No lo confundas con la factura electrónica B2B: son dos obligaciones distintas que probablemente te afecten a la vez.

Si ya tienes clara la teoría, el siguiente paso es la práctica: repasa nuestra checklist de los 6 puntos que hay que comprobar antes de tu fecha límite, en el orden en que solemos revisarlos con nuestros clientes.

Si quieres saber si tu Business Central está preparado para Verifactu, cuéntanos tu caso y lo revisamos contigo.